A- de 2023
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Zamudio Caballero Anderson Esteban·Demandado Departamento De Boyaca
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Tunja, Boyacá, y el Juzgado Doce Administrativo del Circuito Judicial de la misma ciudad.
La controversia se originó por demanda ordinaria laboral de un ciudadano en contra del Departamento de Boyacá, con el fin de lograr el reconocimiento de una relación laboral entre las partes, así como el consecuente pago de las acreencias laborales adeudadas y/o derivadas de la misma.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena tiene en cuenta el precedente del Auto 492 de 2021 según el cual de acuerdo con el artículo 104 del CPACA, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva celebración de contratos de prestación de servicios con el Estado.
En consecuencia, decide remitir el expediente al Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Tunja, Boyacá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Primero Laboral del Circuito de la misma ciudad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Tunja, Boyacá, y el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Tunja, Boyacá, es la autoridad competente para conocer la demanda instaurada por Anderson Esteban Samudio Caballero en contra del Departamento de Boyacá.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-3897 al Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Tunja, Boyacá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.